Vence el plazo para pagar las fotomultas que se enviaron el pasado 26 de diciembre a los domicilios correspondientes. La opción conlleva una importante ventaja para la economia de los infractores. El pago voluntario permite disminuir en un 50% el valor de la multa.
Foto: Diario El Tribuno |
A dias de que llegue el 7 de febrero, la municipalidad esta recibiendo a los infractores para que abonen las boletas de las fotomultas que recibieron el pasado 26 de diciembre. Ésta opción permite disminuir el importe en un 50% el valor de la multa.
Una multa por exceso de velocidad, en esta primera tanda, ronda los $1.500.
Conforme lo establecido en la nueva legislación municipal en materia de tránsito, desde el momento en que un conductor comete una infracción y los dispositivos lo registran, pueden pasar 60 días hasta que llega la multa a su domicilio. En caso de que se supere ese plazo, la multa prescribe. Igualmente los días desde la comisión de la infracción hasta que el Correo Argentino distribuye la boleta, normalmente no supera los 10 días.
En caso de que un infractor no se presente a pagar voluntariamente y pasen 7 días del plazo para recibir en su casa la información sobre la cobranza, se verificará la cantidad de infracciones que fueron pagadas para cerrar las causas y generar, o no, la citación al Tribunal de Faltas. Esta cita también llegará por correo y el infractor tendrá que comparecer ante un juez del Tribunal. En caso que el imputado no se presente, se emite una sentencia y se comunica a los Registros Provincial y Nacional de Antecedentes.
Una multa por exceso de velocidad, en esta primera tanda, ronda los $1.500.
Conforme lo establecido en la nueva legislación municipal en materia de tránsito, desde el momento en que un conductor comete una infracción y los dispositivos lo registran, pueden pasar 60 días hasta que llega la multa a su domicilio. En caso de que se supere ese plazo, la multa prescribe. Igualmente los días desde la comisión de la infracción hasta que el Correo Argentino distribuye la boleta, normalmente no supera los 10 días.
En caso de que un infractor no se presente a pagar voluntariamente y pasen 7 días del plazo para recibir en su casa la información sobre la cobranza, se verificará la cantidad de infracciones que fueron pagadas para cerrar las causas y generar, o no, la citación al Tribunal de Faltas. Esta cita también llegará por correo y el infractor tendrá que comparecer ante un juez del Tribunal. En caso que el imputado no se presente, se emite una sentencia y se comunica a los Registros Provincial y Nacional de Antecedentes.
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